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sábado, 7 de julio de 2012

EN TORNO A LAS VIRTUDES JUDICIALES

EL CASO DE GABINETE:  JUEZ NORBERTO OYARBIDE

I.- Es común escuchar en ciertos ámbitos de las ciencias normativas, hablar de la existencia del caso de gabinete. Con dicha expresión, se encierra algo así como el paradigma o la quinta esencia de una cuestión con la cual se ha querido prever una conducta, que se puede o no producir; aunque en la mayoría de las veces, por ser de gabinete: es sólo modélica.

En muchas ocasiones hemos discutido con doctrinarios y jueces, algunas conductas públicas o privadas con trascendencia pública de los magistrados, que bien pueden ser nombradas como propias de las virtudes judiciales y que como tal, muestran en su entorno esa delimitación que todo ciudadano aspira ver reflejada en la judicatura. Son las virtudes judiciales, ese deber ser del cual tantas veces todos -jueces y no jueces- nos angustiamos al advertir que magistrados no engalanan. Mediante ellas –las virtudes- la sociedad civil sólo desea que los jueces escojan una vida sana, aun cuando, no sea ella tampoco lo impoluta que pueda desearse.

Dichas conversaciones nos han traído amarguras y también alegrías, en tiempos donde todo parece fluir por el mismo resumidero –siguiendo a Z. Bauman- puede parecer no muy templado decir, que el Juez Nacional Norberto Oyarbide ha sido con su conducta: el caso de gabinete. Por tal razón, no es su persona sino la tipicidad de su obrar el que vale.

Hemos conocido por los diarios que ha comprado un hermoso anillo, valuado –según se informa- en una suma que equivale a varios departamentos y que lo luce sin pudor alguno y sin esconder tampoco, cuanto pagó por él.

II.- No es mi preocupación indagar si ha tenido entre sus ahorros dinero suficiente para adquirirlo, si ha tenido que poner en la fragua de fundición regalos de amigos, parientes, conocidos o litigantes; pues de eso se ocupará el Consejo de la Magistratura Nacional y la ley de ética pública.

El caso de gabinete se ubica en lo que dentro de la ética judicial y los estudiosos de la deontología judicial se nombra como ‘austeridad republicana’. Austero es quien se desenvuelve sin ninguna clase de alarde y que siendo funcionario o magistrado, le corresponde el adjetivo propio de dicha forma de gobierno. Dice con toda solvencia Santiago Finn que bajo el sintagma ‘austeridad republicana’ se entienden ‘las conductas referidas a la tenencia, uso, goce o exhibición de bienes de los funcionarios y de los recursos puestos en sus manos deben tener cierta proporcionalidad o adecuación con la situación económica del Estado al que pertenecen’. 

El cuestionamiento personal, que a tal virtud judicial siempre formulamos se ha centrado  en sostener, que si el juez puede demostrar claramente que ha podido adquirir el bien de que se trate, con sus ahorros, herencia o lotería y quiere pasearse en un Rolls-Royce como el que hemos visto días pasados en Villa Carlos Paz, en el cual se movilizaba un hombre de la farándula y del espectáculo: ¿pues porqué, no podría hacerlo?. Una tal tesis, prima facie es digna de atención y es igualmente seductora.

III.- La ‘austeridad republicana’ invita a que el juez -no quien precisa del público para poder venderse mejor, porque ése es su oficio-, se muestre en todo tiempo y lugar bajo un manto de probidad que como tal impone, que guarde un estilo de vida que trasunte la habitualidad social además de la seriedad y honestidad que hace confiable su labor judicial.

El ciudadano puede confiar en los jueces, aun cuando no lo haga en la institución integral Poder Judicial; sólo porque al menos en algunos de ellos, todavía vislumbra aquél poder simbólico que hace que la figura inadvertida del juez se perciba paradójicamente como totalizadora.

El juez no es quien llama la atención por su automóvil, vestimenta u otros ornatos; sino quien se visualiza por su prudencia, moderación, honorabilidad y decoro y que nada tiene que ver ello, con un comportamiento propio de andrajoso; pues tampoco eso  ayudaría a fortalecer la confianza pública.

La república es un lugar de todos y la vida en común, exige a veces sacrificios mayores para algunos que para otros; sin duda que quienes bien cobran por lo que hacen, pueden vivir más confortablemente, pero ello no autoriza a mostrarse excéntrico en los lucimientos personales de los afeites que artificialmente pueda dotarse. Pues hacerlo, siembra inmediatamente la duda no sólo por el origen de los fondos para lograrlo, sino por la natural perturbación que en el umbral de concordia cívica con ello se propone.

Vuelve a relucir que el ser y el aparecer son del mismo hombre: si se parece lo que no se es, en realidad se es un impostor y quien siendo no ostenta, sólo se disculpa en función de la austeridad republicana.   

lunes, 2 de julio de 2012

TRIBUTO A LOS DIEZ AÑOS DEL CENTRO DE BIOETICA DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CORDOBA

DIEZ AÑOS DEL CENTRO DE BIOETICA (2001-2011)

I.- Para los tiempos geológicos, diez años tienen una métrica equivalente a nada; en cambio, para las instituciones y las personas, una década -más cuando es la inicial- tiene una entonación festiva. El Centro de Bioética (CB en adelante) ya ha cumplido ese tiempo y debemos estar muy honrados de haberlo posibilitado.

En una disciplina que todavía no tiene cuarenta años de reconocimiento de su estatuto epistemológico, tener un CB habla de una relevancia incuestionable que se ha dado ha dicha materia desde la UCC. En tal orden, se impone reconocer unas palabras de recuerdo a quienes en realidad sin saberlo, fueron la causa eficiente del resultado que hoy celebramos.

II.- La Facultad de Medicina de la UCC, desde sus inicios y por lo tanto antes que la Bioética existiera, dictaba sus cursos de ética médica; y fue en el seno de dicho ámbito y al comando de César Azúa sj, que un grupo de profesores de dicha Facultad: médicos y no médicos, a inicios de la década del 90; comenzábamos a discutir los temas que por ese tiempo más nos importaban por sus contornos antropológicos, éticos y desde ya médicos.

Conocíamos lo mínimo indispensable de la bioética, pero nos era suficiente dicho conocimiento precario para estar atentos a las informaciones que en revistas y libros se iban generando. Nuestros debates quizás pecaban por algún déficit epistemológico, pero desbordaban entusiasmo.

Fallecido Azúa, como no podía ser de otro modo, el grupo continuó con la asistencia de otro jesuita, como es el Carlos Cravenna sj y por tales años: fines de los 90, había ganado entre nosotros una cierta ciudadanía el auto referido CB y que por entonces, su radicación estaba en la Clínica Reina Fabiola de la UCC. Compartíamos aquellos tiempos de debate y reflexión, Carlos Gatti, Gabriel Mello sj, Atilio Cardone, Adolfo Facello, José Alessio, Eduardo Pensa y algunas otras personas que en realidad no recordamos con precisión ahora.

A medida que nuestro entusiasmo temático crecía, porque la medicina como tal iba ganando espacios en la vida corriente de las personas y el paradigma de la medicalización de la vida era un dato de la realidad; nuestras exigencias académicas comenzaban a ser más orgánicas y también por ello, mas definidas y entre tales cuestiones se ubicaba en forma impostergable conocer si dicho CB era uno hospitalario o si por el contrario, nuestra proyección era de tipo académico. De ser esto último, no podíamos tampoco desconocer que el germen de lo existente a la fecha, había estado en la Facultad de Medicina.

III.- A comienzos del nuevo siglo y en ocasión de un importante Congreso de Bioética, organizado por lo que éramos -Comité de Bioética de la Facultad de Medicina-, que sesionaba en la Clínica Reina Fabiola; Gabriel Mello, quien había tomado su conducción con gran vocación profesional y una mayor dedicación temporal; llevó adelante el proceso realmente definitorio como era: la secesión sin parecer por ello ingratos con la Facultad de Medicina y alumbrar separado el mismo, lo que sería el CB. Compartimos en aquellos tiempos, que el futuro ‘ente’ bioético que pensábamos, tenía que orientarse no como una instancia de la Facultad de Medicina sino que debía servir no solo a toda la Universidad, sino que tenía que coadyuvar a la formación de una masa crítica y foco de pensamiento para la totalidad de la comunidad universitaria y por lo cual, debía instalarse en la dependencia de mayor jerarquía académica de la Universidad.

Trabajamos directamente junto a Gabriel en los borradores de lo que termino siendo, el Estatuto del CB y que muy seguramente, hoy merezcan una revisión para hacer las adecuaciones profesionales y de competencias que correspondan. Nos preocupamos en tal momento, fundamentalmente por dos cosas: i) que el CB no debía ser un ámbito clínico, para respetar con ello la autonomía de la Facultad de Medicina y ii) que la dependencia, orientación y finalmente instrucción que pudiera existir al CB, debía ser directamente la dispuesta por el mismo Rector de la Universidad.

Con las idas y vueltas que dichos instrumentos tienen, fue finalmente aprobado por el Rector Miguel Petty sj el CB de la UCC y ocupó la dirección, su mentor: Gabriel Mello, en una dependencia del mismo edificio del rectorado y que hasta hoy es donde sigue funcionando.  El alejamiento de Mello nos puso a cargo de la mencionada dirección durante varios años y que mucho disfrutamos; a nosotros nos sucedió en tal lugar, María del Pilar Hiruela y a ella, Mónica Heinzmann. Adolfo Facello nos acompañó como Secretario en nuestra dirección y en la de Hiruela, siendo hoy José Alessio.

IV.- La década cumplida, ha permitido que el CB logre una estupenda presencia fuera de la Universidad, como también que en los últimos años, haya sido reconocida su labor por la misma comunidad académica. Así fue como, establecimos excelentes reconocimientos a nivel provincial y también internacional: pudimos mostrar a lo largo de todos estos años y fruto ello de la no menor disposición tanto del anterior Rector como del actual, Lic. Rafael Velasco sj; que el CB podía establecer relaciones con otros actores morales y que sin resignar por ello con lo que cree valioso, también saber aprovechar lo mejor de las restantes posiciones.

A poco de transitar los mencionados tópicos bioéticos, ya formalmente como CB, el nombrado ganó un respeto y seriedad que acompaña hasta hoy. Ello ha permitido que fuera posible su reconocimiento como unidad internacional de enseñanza de la bioética por la misma UNESCO y luego también, haber avanzado en la formalización de instrumentos para ser reconocido como ejecutora del programa base de bioética y haber puesto en marcha ulteriormente la Cátedra Libre de Bioética, dependiente ella del mismo Centro.

Se participó mediante sus Miembros en una buena cantidad de congresos y eventos internacionales, como que al paso de sus sesiones mensuales se fueron construyendo materiales de estudio que se recogieron en varios casos, en la decena de publicaciones mayores y menores que desde el Centro y sus miembros se fueron produciendo.

Obvio es indicarlo, en diez años, los Miembros en algunos casos se mantuvieron, en otros mutaron. Lo cierto es que el CB no tuvo discontinuidad alguna y fue un reservorio de inevitable valor para la provisión de profesionales para proyectos académicos mayores que se ponían en marcha en Córdoba y que el CB, no estaba en condiciones de asumir estratégicamente por sí solo, pero que podía contribuir con su mismo capital social. Ello ocurrió con la Maestría en Bioética que la UNC puso en marcha sobre el año 2005 y por lo cual, se firmó un convenio de cooperación con dicho programa.

El CB entonces, nació con el objetivo de ser un ámbito de discusión doctrinal y académica de dicha disciplina y lo logró; puesto que atravesó las fronteras del territorio católico y universitario y pudo también: socializar, aprender y enseñar junto a otros ámbitos bioéticos: laicos, hospitalarios y no académicos; penetró con proyecciones dinámicas en el mismo grado universitario con certámenes, debates y cine; construyó una acotada pero muy selecta colección bibliográfica en la nombrada temática. Finalmente cobró el CB una relevancia especial intrauniversitaria, toda vez, que hace el control de calidad bioética de proyectos de investigación en la Universidad.

Es decir, con todo ello se avanzó mucho más de lo que diez años atrás nosotros mismos creíamos posible; pero seguramente que está el CB ahora, en mejores condiciones de proyectar cuál puede ser su posible derrotero, no ya para la segunda década de su existencia, sino para el próximo lustro.

Quiera el futuro de las próximas generaciones profesionales que dirigen al CB, el saber encontrar claramente el punto exacto en la brújula académica y de servicio, para que, sin dejar de ser fiel a la misma Universidad Católica pueda estar el mismo en el mundo, a veces más próximo a la frontera y a veces, más lejos de ella; mas lo que no podrá nunca, es estar fuera de los límites que a veces son poco tangibles pero razonablemente perceptibles y que siempre nos devuelven el lema de nuestro escudo universitario, esto es: que la verdad nos hará libres.   

Dr. Armando Segundo Andruet (h). Director Honorario del Centro de Bioética

jueves, 28 de junio de 2012

EMBRIONES CRIOCONSERVADOS, DIVORCIO Y PATERNIDAD IMPUESTA

ELOGIO AL CODIGO DE ETICA JUDICIAL DEL PARAGUAY

 La vida de las instituciones y de los hombres, tienen cronologías diferentes. En la vida de una persona diez años es una década y ello tiene una significación especial cuando es público que en realidad nuestras vidas, no se habrán de extender generalmente más de nueve de ellas. Mientras que para las Instituciones, diez años, es la escala mínima que permite hacer alguna medición de impacto. Antes de una década, una Institución, todavía está asentando sus reales en las raíces socio-políticas-judiciales en las cuales opera.

La Oficina de Ética Judicial, bajo la disciplinada y amigable conducción del Prof. Abog. Esteban Kriskovich y el proficuo y tenaz Tribunal de Ética Judicial, acorde a lo dicho, no merecería mención alguna: su historia es sólo de 6 años; sin embargo nos ocupamos de tales Instituciones –Oficina y Tribunal-, porque en realidad han sido ellos prodigiosos en su realización efectiva en cuanto a su estándar de producción científica, de fortaleza para resistir embates que nos consta que han existido y para sobrellevar con gran responsabilidad y templanza las indisimuladas molestias de aquellos que han sido convocadas instructivamente por la Oficina y eventualmente juzgados por el Tribunal.

Los pocos años aquí, son pródigos de vitalidad y producción científica. La mayoría de edad institucional ha sido obtenida precipitadamente; quizás tan rápido ello que sólo se comprenda en clave de los diversos y no menores asuntos que se tuvieron que resolver y de los intersticios del poder del Poder Judicial que a veces en el noble oficio de instruir y juzgar deontológicamente se tiene que indagar a lo profundo de sórdidas cavernas donde lo jurídico ha desaparecido y lo ético no resulta tampoco prístino en evidenciarse.

Si juzgar con normas de derecho es ya una cuestión compleja, cuánto más, cuando las cuestiones son del orden moral y donde los hombres resisten a ello sosteniendo que la moralidad es cuestión privada y su función pública, sólo exige un comportamiento acorde a derecho y a las obligaciones que de dicho marco legalista resultan. Ha sido el Código, Tribunal y Oficina de Ética Judicial, quienes han mostrado ser infatigables en pos de un resultado provechoso para la vida en común de los ciudadanos y los propios jueces: no se han impuesto simplemente se han legitimado mediante el esfuerzo, constancia y también valentía. 

La Oficina de Etica Judicial, mediante su responsable y equipo, ha sido decana en Iberoamérica de un funcionamiento responsable y sostenido y ello le ha valido conquistar el honroso podio de una carrera con pocos jugadores; porque está claro que son cerca de dos docenas de países o estados provinciales los que cuentan con Códigos de Ética Judicial, no más de media docena de ellos los que cuentan con Tribunales de Ética Judicial independientes de otras funciones y finalmente, no más de tres, los que tienen una producción jurisprudencial deontológica corriente y sostenida y entre ellos, sin duda que la República del Paraguay y la Provincia de Córdoba (Rep. Argentina), son los únicos Tribunales que tienen una producción sostenida desde la ética judicial.

No podemos dejar de mostrar no sólo la alegría por lo que significa hacia dentro de un Poder Judicial, contar con la rutina productiva de un Tribunal de Ética Judicial, sino por el firme convencimiento que no se trata de una cuestión que pueda verse como un resultado inmediato sino que, siempre se advierten estos resultados por efecto de la sedimentación natural de los integrantes del Poder Judicial; y que ello acontece cuando al fin de cuentas, terminan por comprender, que no es lo mismo para el ciudadano, que su asunto sea sometido a la jurisdicción de un juez que tiene ostensibles comportamientos borrosos o impropios de cuando quien lo juzga, está muy lejos de esos comportamientos y por lo tanto, se convierte el mismo juez en modelo virtuoso, haciendo así realidad la metáfora aristotélica de que el juez era como la misma justicia viviente y esta claro, que ella no podría ser sin ser a la vez ética. 

Deseamos larga vida a la institucionalidad del Código, Tribunal y Oficina de Ética Judicial; siempre será un privilegio cooperar para las causas justas.



 

INSEMINACION ARTIFICIAL Y SOLTERIA FEMENINA

DESEABLE MATERNIDAD EN SOLTERÍA Existe concausalidad y muchas explicaciones para analizar el fenómeno que mujeres solteras, con más de una treintena de años, quieran ser inseminadas para proyectar su prole. No buscamos ahora la vía exploratoria en lo jurídico, tampoco reflexionando acerca del privilegio que las técnicas tienen para resolver disfunciones y no convertirse, en mecanismos alternativos. Haremos una apostilla fenomenológica, y que la orientamos como otro episodio del costo humano-moral que la sociedad global productiva-consumista impone a mujeres que, en muchos casos, son exitosas en su proyección laboral o profesional y que los tiempos del cumplimiento con dicho deber, exige para mantener el rango alcanzado, de toda su atención y ocupación. Y fuera de duda está, que la vida familiar inicial bimembre sustrae tiempos a todo lo demás: requiere compromisos a mediano y largo plazo con un final imprevisible en cuanto a su consistencia, pues la naturaleza propia y la del otro, pueden tener mutaciones severas. Sumarle a ello un niño, que ancle la relación al futuro, puede parecer un exceso de irresponsabilidad cuando en realidad, es sólo una alternativa vital que en cuanto ha sido lograda reflexivamente y con amor auténtico, tiene más razones para ser exitosa que para no serlo. La inseminación en soltería de la mujer –que deberá tener un cierto pasar económico-, habla de quien advierte su soledad proyectiva y no quiere arriesgar nada para un programa en común con otra persona, donde la prole sea su resultado. Finalmente debería servir dicho suceso, para advertir la manera trágica en que la vertiginosa convivencia contemporánea nos impone colocar nuestros proyectos de vida trascendentes, porque tener un hijo –solo o en pareja- no es menor. Por último cabe destacar, que la vulnerabilidad de las personas es una condición que también se produce cuando el vulnerado está en aparente o real éxito.

lunes, 25 de junio de 2012

REFORMA DEL CODIGO CIVIL ARGENTINO - REPORTAJE RADIAL - RADIO SHOPPING

MEDIO: Shopping Córdoba / Bipolares FECHA: 28/03/2012 a las 08:10:40 / 08:15:49 Jorge Turello: Decíamos que una de las reformas más importantes que ha encarado el Gobierno Nacional, en este caso la unificación de los Códigos Civil y Comercial, se presentó anoche en Buenos Aires, lo hicieron los autores del anteproyecto, en este caso tuvo intervención el doctor Lorenzetti, la doctora Highton de Nolasco, quien es también miembro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y una especialista de Mendoza que es considerada, emm…, una de las más reconocidas en el tema, Aída Kemelmajer, creo que es asó el apellido, de Carlucci, Aída Kemelmajer de Carlucci, junto como decíamos al doctor Lorenzetti y la doctora Highton de Nolasco, elaboraron este proyecto, se lo entregaron a la Presidenta, que espera que esté sancionado en el próximo mes. Cambios importantes en lo que tiene que ver con el Código Civil y Comercial. Lo analizamos con quien es el miembro del Tribunal Superior de Justicia de aquí de Córdoba, Armando Andruet. Armando, muy buenos días para usted. A Armando Andruet - Miembro del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, y presidente de la Sala Civil y Comercial del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba: “Buen día, Turello, ¿cómo está usted?” JT: Bueno, me imagino que habrá tenido solamente una visión general de lo que es la presentación de este proyecto, pero que, tengo la sensación de que todo el mundo dice que era necesario actualizar el Código Civil en muchas de lo que son las prácticas modernas, en eso habrá, por supuesto, una discusión de quienes están por una posición, en la Justicia, y otra. AA: Es cierto, prácticamente es unánime la opinión dentro de los juristas, a cerca de la conveniencia de una reforma. El Código Civil, indudablemente que es el instrumento jurídico de mayor inmediatez que tenemos todos los ciudadanos en cualquier república, y desde ese punto de vista, una actualización después de casi ciento cincuenta años de vigencia de una matriz de código, fundamentalmente sobre un ideario liberal y luego acuñado con alguna hundidura social, no resulta suficiente, y una reforma de hace prácticamente 40 años, que tal vez fue la más importante que tuvo;demuestra la vigencia y el valor de encarar una reforma”. JT: Así es. Bueno, en lo que tiene que ver con lo que usted dice, en lo que nos, ehh, habitualmente, con lo que nos relacionamos, con lo que nos ligamos cotidianamente, es obviamente, emm, lo que tiene que ver con el matrimonio, con la familia, con la adopción, también con los principios sobre la herencia, en fin, pero también la incorporación de nuevas figuras que se conocen por el desarrollo de la misma ciencia, lo que tiene que ver con fertilización asistida, se dice, por ejemplo, que no va a regular el tema de los embriones, un tema que también en muchos sectores de la sociedad reclamaban, y quizás, sin duda una de las figuras más importantes en la vida cotidiana tendrá que ver sobre la figura del matrimonio y el divorcio. ¿Qué opinión tiene sobre eso, doctor? AA: Mire, yo voy a ser muy cauteloso porque debo confesar que el anteproyecto ha estado a disposición desde hace muy poco tiempo. Yo integro la Academia Nacional de Derecho, y nosotros no hemos tenido una ocasión de hacer un seguimiento completo y actual” JT: Una posición… AA: Una ocasión de una discusión compleja, como corresponde, sin perjuicio que algunos colegas académicos han participado y han hecho aportes. Es cierto lo que usted dice que los temas vinculados con herencia, con sucesiones, con matrimonio, con fecundación extracorpórea, con maternidad, son atendidos y propuestos de alguna manera. JT: Sí… AA:Son los temas prioritarios para mucha gente, y son de los que los comunicadores están principalmente ocupando, pero también está toda la cuestión de los contratos, es decir… JT: Correcto, bueno esta es la segunda pregunta que le quería a hacer… AA: …que en realidad tiene una, una vigencia porque, está bien, todos tenemos dignidad, no tenemos precio pero vivimos con los precios de las cosas, con los contratos de las cosas, y eso tiene, tiene realmente una incidencia en nuestra vida diaria corriente. Creo que hay dos cosas, y permítame con esta generalidad que estoy hablando, no sin saberlo, y tampoco se lo quiero ocultar, algunas cuestiones que me parece prioritaria. JT: Sí… AA: Primero, el Código hace una… una disminución importante de su articulado: prácticamente de 4 mil artículos se reduce a 2.500 artículos, lo cual es una cosa importante, porque achica el universo normativo, y eso a la vez también genera mayor… mayor incidencia e importancia en el rol que los jueces, o que la judicatura va a tener a la hora de hacer las definiciones: mientras menos normas hay, más espacio para la hermenéutica judicial, como tal, se genera… JT: Así es… AA: Ese es un punto que me parece interesante destacar. Otro aspecto que no… no es menor, es que la textura lingüística gramatical de… del Código, se ha visto fuertemente aggiornada. Un modelo del Código de Vélez tenía un… un texto lingüístico discursivo… JT: Propio de la época… AA: Propio, propio de la época, sumamente enmarañado, a veces, en determinadas circunstancias, y ahora, fruto de todo este mundo intercomunicado de redes sociales y lenguajes llanos, el Código también lo asimila de esa manera, lo cual tiene como, como usted conoce, como… como hombre acostumbrado a escribir en medios, que… que en realidad eso tiene varios problemas. Es decir, los textos de lectura… de lectura plana, permiten justamente interpretaciones más diversas. Entonces, vamos a tener, seguramente, mucha divergencia en conceptos, que son conceptos tan… tan naturales y tan vulgares, que puestos en una lectura, digamos, de interpretación de la ley, puede complicarse. Hay también algunas de las nuevas figuras que, por ejemplo, en estas relacionadas con los embriones… JT: Exacto… AA: Usted lo mencionó recién. Que son figuras, o cuestiones de una alta necesidad y un alto reclamo dentro de la sociedad… JT: Así es… AA: Las leyes de fecundación extracorpóreas, yo creo, personalmente, haber intervenido en 15 proyectos nacionales, y hace 20 años de esta historia. Ahora se regula, y está bien que se regule, pero seguramente el debate que se tiene que dar, es un debate realmente muy complicado, porque detrás de esta cuestión, que no es la regulación de un contrato, meramente, sino que en definitiva está el supuesto de la conceptualización de la vida humana. JT: Exacto, el concepto de la vida, correcto, doctor… AA: Y hay, y perdón por abusar de su generosidad en el llamado, pero hay también un punto en donde parecería, no quiero hacer una afirmación todavía sin revisar el articulado en su completitud, que se establece una suerte de doble estándar para la persona humana. Siempre los dobles estándares, son delicados, porque ponen de manifiesto tratos desiguales, y acá hay un doble estándar para la persona concebida en el seno materno, y la persona concebida en una fecundación extracorpórea… JT: Exacto. In Vitro, como se llama, doctor… AA: Exacto, In Vitro. De tal modo que esta persona, si es que aceptamos, por supuesto, que estamos, este es un problema axiológico, antropológico, filosófico y biológico anterior, pero… supongamos, que aceptáramos esa situación. Ese, ese doble estándar se manifiesta en que todos esos embriones crioconcervados, hasta tanto no sean transferidos al útero de la madre… JT: No se consideran, exacto, con vida, digamos… AA: Exacto. Con lo cual, estem… estamos haciendo un paso muy progresivo, respecto a estas cuestiones, comparativamente con muchas legislaciones, incluso legislaciones muy liberales y muy utilitarias en estos temas, como puede ser legislaciones inglesas, respecto a qué carácter darle a esta… a estas conservaciones que en realidad no las consideran vidas, pero que las consideran algo que posiblemente sirve para la vida, entonces algún tipo de respeto tienen… JT: Sí, que habrá una ley especial para su protección, sin dudas. De todos modos, estem… usted bien lo ha señalado, doctor, es un anteproyecto. Habré que ver finalmente con qué características llega al Congreso, y por supuesto luego el debate en el Congreso, por eso le agradecemos estas primeras palabras y estas primeras interpretaciones, y seguramente lo volveremos a convocar para hablar lo que es también en los cambios en el área, en el sector… yo digo sector… lo que es en el Código Comercial, puesto que, estem… hemos solamente analizado aquellos que tienen que ver con familia, adopción, el desarrollo de la persona humana, pero nos queda también todavía el capítulo en lo que es, por ejemplo, contratos, obligaciones, etcétera, que lo… lo convocamos para otra conversación, otra nota sobre este tema, y le agradecemos este primer contacto, doctor Armando Andruet, quien es además presidente de la Sala Civil y Comercial del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba. AA: “Cuando usted quiera, muchísimas gracias, ¿eh? JT: A usted. Muy buenos días. AA: Adiós, hasta luego”. JT: Destacaba el doctor Armando Andruet, quien es emm… miembro del Tribunal Superior de Justicia, y a cargo de la Sala Civil y Comercial, dos cambios importantes: reduce muchísimo todo lo que tiene que ver con el articulado en este momento en el área Civil y Comercial, en los Códigos Civil y Comercial. Quedan aproximadamente unos 2.500 artículos de casi 4.000 que existen en la actualidad, un lenguaje mucho más claro, más eh… adecuado a los tiempos actuales, y dijo también que uno de los que va a generar polémica es, sin duda. El tema del tratamiento de los embriones, ya que se va a considerar que tiene vida, emm… con todo lo que la ley establece para la preservación de la vida, cuando está implantado en el seno de una mujer. No considera vida a los embriones engendrados In Vitro que no se han implantado. Por supuesto, uno de los temas en lo que habrá seguramente mucho debate cuando el proyecto llegue finalmente al Congreso, y sea asumido por sus miembros, los distintos integrantes de los bloques de la oposición han anticipado su… la necesidad de trabajar para actualizar este Código Civil y Comercial, que como bien dijo Armando Andruet, tiene más de 140 años en su redacción original. DURACIÓN TOTAL: (00:05:09s.) PERIODISTAS: Turello, Juan TEMAS: GNA, Código Civil modificación TIPOS: Informe, Reportaje Grabado

ESTUDIO DE CONDENADOS Y REDUCCION DE LA PENA - ENTREVISTA RADIAL, RADIO MITRE 810 CORDOBA

Entrevista Telefónica – Radio Mitre 810 - 13.III.12 La cuestión de la reducción de la pena de los condenados que son estudiantes Jorge Martínez: En línea el doctor Armando Andruet, vocal del Tribunal Superior de Justicia y profesor de filosofía del derecho. A él lo convocamos también para opinar acerca de esta reducción de condena a los presos que estudien. Doctor Andruet ¿cómo está? buen día. Dr. Armando Andruet - Vocal TSJ y profesor de derecho -: "Buen día Petete ¿cómo le va?. JM: Bien, muy bien. Molestándolo para pedirle una opinión sobre este anuncio. AA: A ver, una opinión bastante débil porque usted sabe que yo de derecho penal, no tengo realmente una autoridad para hacer un juicio, pero en realidad el tema me parece que no es necesariamente por la matriz penal, sino por el entorno sociológico que éste tiene. A mí me da la impresión, por lo que he escuchado en su programa, incluso de personas que realmente conocen en profundidad los problemas penales y de la vida penitenciaria; que en realidad conceptualmente es muy difícil, que alguien pueda creer que está mal que la persona estudie. Estamos frente a un derecho natural y social, claramente protegido. En realidad estudiar, es una forma no solamente de especializarse sino de tener un crecimiento espiritual, y perfectivo dentro de la naturaleza. Ahora bien, la pregunta es, si ese perfeccionamiento tiene que asociarse necesariamente con este beneficio dentro del castigo que por alguna razón se le ha impuesto. Por alguna razón hay un tribunal que ha entendido la conveniencia de una sanción en determinada cantidad de años de esa persona por el delito que ha causado; ahora la reducción de esos años en función del beneficio que se le está haciendo porque está estudiando, puede parecer un doble beneficio. Entonces una cosa es lo conceptual y otra cosa es en la práctica lo que ocurre. Y en la práctica tal vez evitaríamos muchas de estas discusiones -si está bien o está mal- en cuanto existiera un análisis o una investigación sociológica acerca de si realmente los penados que han tenido educación durante su cumplimiento de la pena, han tenido también, una mayor o menor incidencia en la reincidencia penal. En tal caso, bien que uno podría tener un juicio ponderativo exacto acerca de esto, caso contrario, sin duda que estamos opinando casi como una cuestión estética, o sea si está bien o no ello. JM: ¿Ahora habrá que esperar entonces ver el comportamiento de esas personas que van a recibir ese premio, para saber si se ha tomado una medida correcta? ¿Se puede entender así?. AA: Yo creo, que debería haber habido criterios de este tipo. Desconozco sinceramente que ello exista y estoy hablando sin la fuente real. JM: Sí. AA: Digamos, debería haber habido un estudio previo que en definitiva abone la tesis, de que las personas privadas de la libertad que reciben educación tienen menor incidencia en la reincidencia de los delitos. Entonces allí, uno encuentra un plus positivo para sostener esta posición. Caso contrario me parece que estamos hablando sin tener el reconocimiento de un territorio. Digamos, en ciencias sociales por definición, hay que necesariamente evaluar los impactos que tiene cualquier transformación para saber si la transformación vale la pena o no hacerla, porque en la medida que se ha previsto y no esté analizado ese impacto uno puede creer, como señaló hace un momento el doctor Alberto Lozada, que en definitiva esto se está haciendo, a los efectos de bajar la población carcelaria o por alguna otra razón. Cualquiera sea ella, lo que necesitan tener una ponderación de medición científica y eso es lo que yo creo que no existe. JM: Claro, esa es la otra cuestión y lo otro tiene que ver con vulnerar las condenas directamente.¿no? AA: Bueno, digamos dentro de los regímenes penitenciarios hay necesariamente un conjunto de variables que ayudan a la definición de la pena como usted lo dijo en algún momento del programa. Eso que de alguna manera se conoce en jerga carcelaria como ‘hacer conducta’ a los efectos de bajar los tiempos de privación, pero siempre son rangos y son comportamientos que históricamente parecen aceptables. No es lo mismo una persona que se comporta bien, de una persona que se comporta mal, pero aquí aparece como un plus y con una proporción importante, puesto que 20 meses no es un dato menor cuantitativamente y ni siquiera está asegurada, digamos, esa educación que en el mejor de los casos, podría hasta admitir que necesariamente se trata de la educación primaria. La educación secundaria es muy importante y posiblemente debería ser necesariamente obligatoria aún en los presos. Pero, el posgrado parece un tanto excesivo. Imagínese un condenado de cuello blanco, haciendo un posgrado de delitos económicos, y disminuyéndole la pena. JM: Claro. AA: Digo, finalmente que no se puede tomar con rapidez la cuestión, sin conocer, vuelvo a decir, quizás esto existe, sin conocer al menos públicamente el estudio de campo que ha avalado la medida. Si el estudio de campo existiera y alguien dice mire efectivamente las personas que son privadas de la libertad, pero que estudian tienen una incidencia de la reincidencia claramente menor, bueno eso es un dato significativo porque lo que todos queremos es que las personas delincan menos. JM: Bueno, muy interesante lo que nos está planteando doctor. Tampoco queda claro, se habla de cárceles federales, en Córdoba no hay cárceles federales pero si hay presos por delitos federales y si hay una normativa nacional no puede discriminar a unos presos sí, a otros no. AA: Bueno, eso será ya tema de los ajustes y de los que no puedo comentar nada claramente. JM: Gracias al doctor Armando Andruet, vocal del Tribunal Superior, quien también pone reparos a esta medida anunciada por el Gobierno Nacional. 20 meses menos de condena para aquellos presos que terminen la primaria, la secundaria, o sea es gradual, o sea por la primaria tantos meses, por la secundaria tantos meses, si estudia una carrera terciaria tantos meses ¿no? con un máximo de reducción de penas de hasta 20 meses.